Con relación al pronunciamiento reciente, por parte de la empresa Ecopetrol, en lo relacionado con el proceso penal (Pozo La Lisama 158) a favor de los pescadores del río Sogamoso. Víctimas de la contaminación del área protegida DRMI Yariguies. La Quebrada la Lisama, Caño Muerto y Rio Sogamoso, que fueron impactados por el afloramiento de hidrocarburos del Pozo Lisama 158.
Denuncia que fue radicada y puesta a conocimiento de la Unidad Especializada en Delitos Ambientales, por el Director de la Corporación San Silvestre Green, quien a bien representa a las comunidades impactadas de Barrancabermeja y Betulia, ante la Fiscalía General de la Nación en Bucaramanga en el año 2018.
Para nuestra Organización es importante aclarar con base en información veraz, algunos puntos de gran jerarquía que fueron determinantes para lograr que el Juez Penal de control de garantías aprobara el Principio de Oportunidad en el Proceso Penal en contra de dicha compañía Estatal:
Argumentos determinantes en el Proceso Penal del Pozo La Lisama 158 contra Ecopetrol.
1-. Es importante dejar en claro que este hecho punible ambiental fue cometido por ECOPETROL. Compañía clase mundo, y tal delito tiene las mismas características, por daño causado al Río Tumaco y Playa Salahonda por contaminación con hidrocarburos que afectó a sus pescadores como principales víctimas en Nariño, en el año 1996, y en donde mediante fallo de parte de la CORTE CONSTITUCIONAL fue condenada Ecopetrol mediante Sentencia T-574 de 1996, y en dicha sentencia también se le ordenó a Ecopetrol:
“…Se hace un llamado a prevención a ECOPETROL, para que, en lo que a dicha empresa corresponda, en ningún caso vuelva a incurrir en vertimientos de petróleo en la ensenada de Tumaco, y se tomen las medidas adecuadas para tal fin. La comisión designada en el punto anterior también velará por esta prevención a ECOPETROL”.
Tal sentencia deja evidente que Ecopetrol, si bien es cierto llevan a cabo a nivel nacional diversos programas de exploración y búsqueda de yacimientos petrolíferos, y que dentro de sus políticas ambientales corporativas está la de preservar el medio ambiente, y siendo ya condenada tal compañía por infracciones y violación de normas Ambientales- las cuales propenden por la preservación del medio ambiente en áreas acuíferas protegidas -ríos, lagunas, ciénagas, etc-: para el caso de las áreas del Magdalena Medio y de los demás municipios a lo largo y ancho de nuestro país, la Sentencia T-574 de 1996, cobra validez hoy más que nunca y exige de nuestra parte como Barranqueños y como organización Ambientalista en NO escatimar esfuerzos en pro de la defensa de nuestros acuíferos, comunidades y ecosistemas.
Ecopetrol es recurrente en contaminar ecosistemas estratégicos! (Sentencia T-574 de 1996)
2-. Como se puede constatar, al parecer, este tipo de hechos ha sido una constante en diversas partes de Colombia en los últimos 40 años, a tal punto que, en Barrancabermeja y toda el área del magdalena medio, en cada uno de los proyectos como pasó con el pozo Lisama 158:
“ECOPETROL es recurrente en contaminar fuentes hídricas y afectación de ecosistemas estratégicos, y a la vez los espacios donde sobreviven las comunidades pesqueras”, incidiendo en diezmar las pocas posibilidades que tienen para subsistir en su modo de vida en esta región, las comunidades impactadas.
Por lo anterior, con este fallo se confirma que ECOPETROL viene incurriendo de manera permanente haciendo caso omiso a lo que la Corte Constitucional le ordenó a prevención de afectar a pescadores y medio ambiente – Sentencia T-574 de 1996 .
3-. Así mismo, dado al hecho de la denuncia que presentó nuestra organización en contra de ECOPETROL y en donde pudimos demostrar ante la Fiscalía General de la Nación, que habían cometido delitos ambientales como (daño a recursos naturales, contaminación ambiental con yacimiento de hidrocarburos agravados por ser en áreas protegidas), en la medida que los sedimentos estaban llenos de hidrocarburos generando un daño a la microflora, que impacto el sistema ictico de los peces, los cuales salieron con sabor a petróleo, constituyendo así un daño a la cadena productiva de la pesca y ecosistemas, lo que permitió constituirlos víctimas de estos delitos.
4-. Con ocasión de este reconocimiento como víctimas, procede el principio de oportunidad con la Fiscalía General de la Nación en el marco de los principios de justicia restaurativa, con lo cual se indemnizan a los pescadores del rio Sogamoso reconocidos por la AUNAP, y los comerciantes de pescado de las Asociaciones ASOCOPROPAL Y ASOCORAMB de Barrancabermeja, este es un hecho histórico ganados en estrados judiciales, porque en los últimos 100 años de la industria petrolera se le había negado a los pescadores y comerciantes el reconocimiento como víctimas de impactos ambientales en sus fuentes hídricas y recurso pesquero.
Responsabilidad Ambiental de Ecopetrol por $3800 Millones de Pesos!
5-. Es relevante, significar que las pruebas aportadas a este expediente permitió de la mano con la ANLA. Establecer la responsabilidad ambiental de Ecopetrol por el daño a recursos naturales. Con la imposición de una sanción por valor de $3.800 millones de pesos. Pero además exigimos, (La Corporación San Silvestre Green con la Fiscalía General De La Nación y la Autoridad Ambiental ANLA), establecer un plan de recuperación ambiental de dicha zona afectada a cargo de ECOPETROL por los próximos 3 años, para garantizar la preservación del sistema ictico, de la fauna y flora afectada con la contaminación, y de esta forma proteger el modo de vida de los pescadores y el medio ambiente.
De esta manera, la Corporación San Silvestre Green agradece la confianza de la comunidad de pescadores y comerciantes, para representarlos en esta demanda judicial en defensa de sus derechos fundamentales y garantizar la protección de los mismos.
Descargue Aquí el PDF del Comunicado Oficial: Pozo La Lisama 158!
La Corporación San Silvestre Green viene desarrollando importantes denuncias en materia ambiental. Por esta razón, invitamos a la comunidad a hacer parte de nuestras acciones. Si tiene conocimiento de acciones que deterioran nuestro medio ambiente, puede contactarnos a través de nuestras líneas de atención.