¡Sí! amigos Barranqueños, ya es el momento de reaccionar ante ese modelo punible que encubre el pago indebido e ilegal del “pago de alumbrado público” que solventa la caja menor politiquera Elkinista en nuestro municipio Barranqueño, por más de 20 años; y que además, es necesario desarticular desde los escenarios judiciales con base en Derecho –nuestras pruebas, evidencias y soportes- que a la fecha, no son discutibles ni refutables por quienes –son sus defensores- y, quienes no han podido ni podrán hacerlo en el inmediato futuro: porque se logró demostrar que ese “pago de alumbrado público” corresponde a una “estructura ilegal y corrupta” que se fraguó sin límites y “en prejuicio del bolsillo y la canasta familiar de todos los Barranqueños” con base, en el manejo del poder político que encubrió al exalcalde Elkin Bueno Altahona desde el año 1999 y, su conglomerado de concejales, afín de tener beneficios directos -por debajo de la mesa, como es el modelo politiquero cuando de validar proyectos disfrazados de políticas públicas- realizan los que viven de la politiquería en nuestra amada patria colombiana.
Bien es conocido y sin lugar a dudas, además, por muchos ciudadanos locales que el tema del pago ilegal del Alumbrado Público ya ha escalado niveles en la estructura judicial: donde se ha abierto apertura de investigación con indagatorias, la recopilación de pruebas y evidencias por parte de la Fiscalía General de la Nación, desde la capital del país; en contra de todos los involucrados -exalcalde, concejales y de empresarios de Iluminación Yariguies e Interventoría- bajo el Debido Proceso, en dicho negocio fraudulento privado y montado de manera ilegítima, anticonstitucional e injusto para así, hacer millonarios a unos pocos; “a costas del dinero de todos los Barranqueños”.
Actuación directa –y como bendición de esperanza en que se haga justicia- por parte, de la Fiscalía General de la Nación/Bogotá que nos genera confianza y, que se convierte en punto de referencia Institucional que NO se vende para nada en su actuar ejemplar, y a la que nos tocó llegar para poner en conocimiento uno de los negocios -punibles y encubierto por entes de Control Estatal y la clase politiquera de turno, a la fecha- más enriquecedores en la historia de Barrancabermeja y del país, bajo la argucia y control de quien como candidato aspirante hoy: “sueña sin pundonor alguno, y ya enfiló sus esfuerzos y estilos embaucadores en la ciudadanía local, por querer ser por cuarta vez el alcalde de nuestra ciudad -municipio, que cada vez muestra efectos negativos, de esa nube corrupta que la envuelve por muchos años bajo la sombra infernal de un actuar punible de un exalcalde que tiene múltiples investigaciones judiciales entre juzgados y fiscalías -y, que aunque no hayan sido resueltas, por razones que ya se conocen en el entramado de compra de silencios, engavetamiento soterrado de folios y las mismas denuncias y resoluciones en Derecho, ello, no es para creer que la Justicia Divina: no va a surgir de un momento a otro marcando pauta histórica de juicio legal y condena en los denunciados e implicados; para dejar huella impecable de que “el mal, venga de donde venga y de quien lo genera: no vaya a ser castigado debida y legalmente, dentro de esa necesidad imperante de dejar ya, precedentes, de verdadera acción judicial y aplicación de Justicia en quienes vienen actuando en contra de la ley, y lo exigido por la Constitución Colombiana –los políticos corruptos- en Colombia y, por igual en Barrancabermeja.
Repetimos, “Ya, es el momento de reaccionar el pueblo Barranqueño: ¡NO MAS al pago de alumbrado público!… Ya es hora de dejar un precedente entre todos los Barranqueños a la clase política local y ante la nación: ¡La corrupción politiquera no debe seguir reinando!… porque ellos, en su mal actuar y con complacencia ilegal nos viene afectando de manera incontrolable y censurable la moral ciudadana y el verdadero bienestar social de quienes nos merecemos como Barranqueños, un municipio comprometido en -el futuro inmediato y a largo plazo- en un verdadero bienestar y desarrollo social sin corrupción, sin entramados politiqueros y sin corruptos.
Por lo anterior, es determinante recordar entre todos, que en el marco de esta investigación –por más de tres años- que hemos venido desarrollando en búsqueda de la verdad –y, que se ha callado por décadas-, de la información que el gobierno del exalcalde Elkin Bueno Altahona de Barrancabermeja no quiere -que usted- como usuario y ciudadano de bien conozca, y en la que los demás Alcaldes, durante los últimos 20 años han sido cómplices a voluntad de este atraco al pueblo Barranqueño, frente al cobro escandaloso e ilegal de “la tarifa del Alumbrado Público” (10 % del consumo residencial de cada casa/apartamento/negocio/familiar o no, que en términos de concepto y verdad “nada tiene qué ver con el verdadero efecto luminoso que dan las lámparas de luz -y que debemos pagar- del alumbrado/postes públicos en las calles, de cada cuadra/manzana en el municipio), resulta ser todo un negocio millonario fraudulento que viene metiéndonos la mano al bolsillo, a los Barranqueños para enriquecer a 3 familias de Bucaramanga, como se conoce en el plano penal con presuntos testaferros del ex burgomaestre quien solapadamente se mantiene obsesivo en una burbuja de impoluto de mesiánico, sin pundonor ni vergüenza alguna.
Con base en lo anterior, hoy revelaré varias verdades ocultas a la Opinión Pública local y Nacional, los entramados del poder local, a través de una de las estrategias punibles de Elkin David Bueno Altahona -de cómo se planeó y diseñó la forma de robar a los Barranqueños durante estos 20 años, desde la celebración del contrato de concesión Nº0424 del alumbrado público con iluminación Yariguies en 1999- y, me refiero específicamente al “Contrato de Fiducia”, mediante el cual le quitaron el manejo de los recursos del alumbrado público al Municipio de Barrancabermeja, para que fuera administrado por los privados, el Banco Bogotá-Iluminación Yariguies-Interventoría y el Secretario de Infraestructura de la Alcaldía; este último que siempre lo “nombran/ponen el dueño de iluminación Yariguies”.
En cuanto al Banco Bogotá, este “fue seleccionado a dedo y consensuado de antemano”, cuando “la ley establece que debe ser por Licitación pública” y, todo enfocado a que en dicho Banco: fue donde deberían consignarse los dineros excedentes del impuesto de Alumbrado Público recaudado por la electrificadora de Santander ESSA.
Empresa mixto-privada que “recauda el 10% del valor del consumo de nuestros hogares, o empresas, como tarifa obligatoria para enriquecer a los amigos pobres de Bucaramanga”, quienes en efecto compartirían su riqueza para afianzar una fuerza política: que desangraría al municipio de Barrancabermeja denominada el Elkinismo.
Es importante, entender y ver con detenimiento al detalle, ese entramado punible que planearon -de forma censurable- el cual, hoy: le colocamos ante sus ojos para su conocimiento y responsabilidad como ciudadano afectado de forma indebida e ilegal. El primer punto de este entramado que fue establecido en la cláusula cuarta Numeral 30 del contrato de concesión Nº0424 de 1999, está en la forma olímpica que el exalcalde Elkin “Bueno” le “otorga la facultad a Iluminación Yariguies, el poder, de seleccionar a dedo” el Banco de Bogotá para que a la vez: entre 2 particulares, se firmara el contrato de fiducia; es decir, “entre su amigo Héctor Tiberio Valencia y el Banco de Bogotá”, lo que significa en el mundo de la corrupción un – YO CON YO – lo que deja en evidencia que, de esta forma “el Municipio perdería/se le quitaría a la Alcaldía, el control y administración del impuesto de alumbrado público” (Privatizándolo), “para que así, DOS particulares, amigos suyos pudieran planear el robo más grande de la historia, a los usuarios Barranqueños, y de esta forma violar lo que dice la ley 80 de 1993 Articulo 32 Nº5, que dichos contratos de fiducia debían someterse a licitación pública” y para que el Municipio ejerciera el control de la administración del impuesto de alumbrado público; aspectos negativos y punibles que explicaré más adelante.
El otro punto, es bien significativo: es fundamental, no perder el enfoque de lo acá evidente. Vean y observen lo grave de este acto de corrupción, en el que la Contraloría General de la Nación lo estableció “como uno de los hallazgos disciplinarios, en la auditoria del año 2005”, fecha para la cual “debía haber sido suspendido dicho contrato de fiducia con este hallazgo”. “Contrato acomodado”, que ha seguido vigente durante estos 20 años, porque es la forma en que silencian órganos de control, la clase política y y gran parte de representantes de los medios de comunicación locales, como Enlace televisión y Tele-petróleo: quienes, a la fecha, NO hablan ni publican estas denuncias tan graves -que afectan la ciudadanía en general y, a empresarios de la ciudad-.
Ese modelo privado-contractual, ha sido el artífice punible mediante el cual Elkin Bueno y sus amigos han venido ejecutando los mayores actos de corrupción: bajo la modalidad de sobrecostos en los insumos, logística y dispositivos del sistema de alumbrado público. Sin embargo, una de las estrategias más graves que hemos descubierto, es que la interventoría -a quien le corresponde ejercer el control sobre el contrato de concesión y quien éticamente debe garantizar la transparencia y eficiencia de la ejecución de los recursos del impuesto de alumbrado público- ha formado parte de manera directa, de esa cadena corrupta; así, lo confirmó la Auditoria de la Contraloría, y de la cual detallo las siguientes afirmaciones.
La Interventoria INAR LTDA. Dirigida por el Ing. Pablo Inar Ortega, deja en evidencia irrefutable muchas irregularidades, desde “darle por la cabeza a sus trabajadores, incumplir el contrato de interventoria, hasta lo que se conoce en el mundo de las interventorias irregulares, me hago el ciego y que legalicen”, pues la Contraloria en su informe, en la pagina 12 afirma lo siguiente “El interventor del contrato y el secretario de infraestructura se limitan a firmar las ordenes de pago por Administracion, Operación y Mantenimiento, pero no verifican las cantidades de obras de expansion ejecutadas para cuantificar los valores unitarios, como tampoco, la revision financiera sobre los aportes de capital…”; es decir, ¿El interventor y el Secretario de Infraestructura Local firmaban cheques en blanco?, como dicen en la Costa: “Ponga el valor que quiera, que yo soy tu complice”. Lo grave de ese accionar punible, es que “esto lleva 20 años y no pasa nada ante los ojos y el debido actuar -que no se ve por ningún lado- por parte, de la Fiscalia ni de la Procuraduria” al respecto, y que ellos mismos ya tienen conocimiento.
Pago de Alumbrado Público. SOBRECOSTOS = A CORRUPCIÓN, hace referencia a un acto punible evidente, que debe ser atendido por la Fiscalía General de la Nación.
La Contraloría, también estableció hallazgos de graves sobrecostos cobrados por Iluminación Yariguies SA. al Municipio por el servicio de alumbrado público, “pero como el interventor está ciego supuestamente, no los vio”.
“Ciego o no el interventor”, es fundamental que analicen muy bien la forma cómo nos roban, cómo nos meten la mano al bolsillo y se hacen llamar “Bueno”, siendo su conducta perversa y corrupta. Y, recuerden que no es su primera vez en el campo de la corrupción. Ese escenario le es familiar, y esto lo pueden apreciar en el Cuadro Nº8 de la auditoria de la Contraloría que relaciona un marco comparativo de precios unitarios entre Iluminación Yariguies y Luces de Floridablanca, en ese anexo: es sorprendente poder ver las cifras de sobrecostos del 61%.
Adicionalmente, tomaré una línea como referencia, “las luminarias de 70W”, para que ustedes comprendan este escándalo de aprovechamiento ilegal de recursos públicos, y el cómo “los transforman en bolsillos privados”:
Entrando al detalle, allí se aprecia sin tapujos que “para ese cambio, modernización de luminarias de mercurio a luminarias de sodio de 70W, la empresa Iluminación Yariguies instaló 14.500 luminarias, con un sobre costo de $137.000 mil pesos por cada luminaria: lo que significa que en plata blanca se robaron la colosal suma de $1.997.302.500 miles de millones de pesos, y solo estamos analizando un ítem de sobre costo; y se calcula que el robo integral supera en ese tiempo los $4.000 mil millones de pesos.
La pregunta que usted, se debe estar haciendo es : ¿Por qué este tipo de sujetos-funcionarios públicos a manera de ampones no están en la cárcel y sus propiedades en manos de la fiscalía?, y es precisamente porque con “esos dineros de mal proceder, silencian los órganos de control y la clase política”, incluso los concejales también han estado calladitos con la boca llena -y es ese tapabocas económico que reciben en su debido tiempo y, “por debajo de la mesa”, lo que no les permite hablar y mantenerse aislados cual Shakiros: sordos mudos ante esa realidad punible del Alumbrado Público de Barrancabermeja. Esto, lo acá descrito: produce indignación y vergüenza de patria chica, al ver el tipo de representación política de la ciudad desde sus entramados y su inmoral actuar; pero ojalá sea para que muchos Barranqueños, tomen en cuenta y reaccionen en unidad en contra de este asunto, el cual no deja nada “bueno” qué desear.
Igualmente, fíjense ustedes, cómo es la corrupción tan descarada y rampante en Barrancabermeja por parte, de “la politiquería Elkinista” -lo expreso con claridad y sin tapujos- si lo resultante de la atención a los efectos de la pandemia en el país, en el primer año: se imputaron 10 alcaldes por sobre costos del 35% en mercados -por subirle $1.500 pesos a una libra de frijol- la Fiscalía General de la Nación, frente a ese robo -probado- en diversos municipios: ¿Cuál cree usted, debería ser el veredicto en Justicia, a los dueños de Iluminación Yariguies por el robo causado a través del cobro ilegal/indebido del pago de Alumbrado Público al pueblo Barranqueño?, de seguro “la cárcel, y el reembolso de dinero a quienes han cumplido con dicho pago”.
¡Sí, cárcel, para sujetos que han venido recayendo en actos punibles bajo la figura empresarial de Iluminación Yariguies SA., como son: ¡Héctor Tiberio Valencia, Leonardo Plata Orostegui, Alfredo Espinosa, al ex alcalde Elkin David Bueno Altahona, el Interventor Pablo Inar Ortega y los secretarios de infraestructura¡ quienes se prestaron para estos actos de corrupción, y en el que a la vez se evidencia presuntamente, un concierto para delinquir, y peculado; entre otros delitos.
Finalmente, quiero reafirmar la responsabilidad irrefutable que cae sobre la consciencia y el mal actuar del Alcalde Local actual, quien conforme al mandato legal -se creía- le correspondía acabar con este negocio ilegal y corrupto, pero por lo contrario: mediante respuesta a un derecho de petición realizado en su debido momento, su respuesta y proceder terminó reconfirmando lo que aseveró la contraloría -“que al tener en cuenta que no hubo proceso de licitación pública, por tal razón era competencia del Alcalde, acabar con el contrato de fiducia entre el Banco de Bogotá e Iluminación Yariguies conforme lo preceptúa la ley -frenando de una vez por todas ese negocio fraudulento-: y exigir a la electrificadora ESSA; “el consignar el recaudo del impuesto de Alumbrado Público a la Secretaria de Hacienda y obtener nuevamente el control la administración Municipal de este impuesto”.
Para una mejor explicación, analicen la respuesta:
Lo anterior, deja en claro que para mayor claridad y precisión jurídica: la primera irregularidad, “es que -se reconfirma- que no hubo proceso de licitación pública lo que genera nulidad de dicho contrato de fiducia”, por otro lado, la Ley 1386 DE 2010 establece en su artículo 1º y, le ordena a los Alcaldes corregir estas irregularidades:
“…ARTÍCULO 1o. PROHIBICIÓN DE ENTREGAR A TERCEROS LA ADMINISTRACIÓN DE TRIBUTOS. No se podrá celebrar contrato o convenio alguno, en donde las entidades territoriales, o sus entidades descentralizadas, deleguen en terceros la administración, fiscalización, liquidación, cobro coactivo, discusión, devoluciones, e imposición de sanciones de los tributos por ellos administrados. La recepción de las declaraciones así como el recaudo de impuestos y demás pagos originados en obligaciones tributarias podrá realizarse a través de las entidades autorizadas en los términos del Estatuto Tributario Nacional, sin perjuicio de la utilización de medios de pago no bancarizados.
Las entidades territoriales que a la fecha de expedición de esta ley hayan suscrito algún contrato en estas materias, deberán revisar de manera detallada la suscripción del mismo, de tal forma que si se presenta algún vicio que implique nulidad, se adelanten las acciones legales que correspondan para dar por terminados los contratos, prevaleciendo de esta forma el interés general y la vigilancia del orden jurídico. Igualmente deberán poner en conocimiento de las autoridades competentes y a los organismos de control cualquier irregularidad que en la suscripción de los mismos o en su ejecución se hubiese causado y en ningún caso podrá ser renovado.
La Procuraduría General de la Nación y la Contraloría General de la República deberán de oficio, revisar los contratos de esta naturaleza que se hayan suscrito por las entidades territoriales.
Lo anterior, deja en claro que para mayor claridad y precisión jurídica: la primera irregularidad, “es que -se reconfirma- que no hubo proceso de licitación pública lo que genera nulidad de dicho contrato de fiducia”, por otro lado, la Ley 1386 DE 2010 establece en su artículo 1º y, le ordena a los Alcaldes corregir estas irregularidades:
“…ARTÍCULO 1o. PROHIBICIÓN DE ENTREGAR A TERCEROS LA ADMINISTRACIÓN DE TRIBUTOS. No se podrá celebrar contrato o convenio alguno, en donde las entidades territoriales, o sus entidades descentralizadas, deleguen en terceros la administración, fiscalización, liquidación, cobro coactivo, discusión, devoluciones, e imposición de sanciones de los tributos por ellos administrados. La recepción de las declaraciones así como el recaudo de impuestos y demás pagos originados en obligaciones tributarias podrá realizarse a través de las entidades autorizadas en los términos del Estatuto Tributario Nacional, sin perjuicio de la utilización de medios de pago no bancarizados.
Las entidades territoriales que a la fecha de expedición de esta ley hayan suscrito algún contrato en estas materias, deberán revisar de manera detallada la suscripción del mismo, de tal forma que si se presenta algún vicio que implique nulidad, se adelanten las acciones legales que correspondan para dar por terminados los contratos, prevaleciendo de esta forma el interés general y la vigilancia del orden jurídico. Igualmente deberán poner en conocimiento de las autoridades competentes y a los organismos de control cualquier irregularidad que en la suscripción de los mismos o en su ejecución se hubiese causado y en ningún caso podrá ser renovado.
La Procuraduría General de la Nación y la Contraloría General de la República deberán de oficio, revisar los contratos de esta naturaleza que se hayan suscrito por las entidades territoriales.
Finiquitando, está claro entonces, que el Alcalde Local tiene la obligación de poner en conocimiento de la Procuraduría estas irregularidades.
Sin embargo, y a la fecha: no lo hizo y no lo va hacer porque estos amigos apoyaron su campaña. Agregado a ello, lo cierto es que en el 2021 al Procurador Provincial Dr. Jairo Dueñez Prieto, se le solicitó iniciar la correspondiente intervención y acción preventiva a efectos de aplicar la ley, y para así acabar con este negocio corrupto; y a la fecha no se llegó a conocer ninguna acción legal al respecto por parte de esa entidad ni de dicho funcionario.
Por estos antecedentes, la protesta pacifica del no pago de alumbrado publico: ¡sigue firme!
Finiquitando, está claro entonces, que el Alcalde Local tiene la obligación de poner en conocimiento de la Procuraduría estas irregularidades.
Sin embargo, y a la fecha: no lo hizo y no lo va hacer porque estos amigos apoyaron su campaña. Agregado a ello, lo cierto es que en el 2021 al Procurador Provincial Dr. Jairo Dueñez Prieto, se le solicitó iniciar la correspondiente intervención y acción preventiva a efectos de aplicar la ley, y para así acabar con este negocio corrupto; y a la fecha no se llegó a conocer ninguna acción legal al respecto por parte de esa entidad ni de dicho funcionario.
Por estos antecedentes, la protesta pacifica del no pago de alumbrado publico: ¡sigue firme!
Y, en próximos días se recurrirá a una convocatoria local ciudadana para así consolidar las suficientes firmas a manera de rechazo y protesta en derecho, de “no más al pago del alumbrado público” para exigirle al alcalde local su intervención y responsabilidad comoburgomaestr, y colocar en conocimiento de la fiscalía general, la contraloría general y la procuraduría general de la nación y la presidencia de la república: la necesidad imperante de “acabar con este entramado estructural de la corrupción en barrancabermeja, detrás del gran negociado –punible- elkinista de iluminación yariguies”.