El pasado 7 de abril del presente año, se radicó un derecho petición ante el Alcalde local de Barrancabermeja, referente a que aclarara y facilitara debidamente una serie de inquietudes e información del proyecto Distrito Malecón. En relación a lo que en derecho implica dicho proyecto para Barrancabermeja, ya que la iniciativa de modernización de ese sector representa “un alto riesgo de extinción” en su iniciativa al querer acabar con todo lo que identifica el “patrimonio cultural de la comida tradicional, gastronómico e histórico” que simbolizan para bien los 23 restaurantes liderados por mujeres emprendedoras de los manjares del rio, desde hace más de 45 años en el muelle de Barrancabermeja: ¡Hoy Patrimonio Cultural de Todos los Barranqueños-El Paseo del Rio!
El aporte de esa información, tenía la obligación legal el Alcalde de contestarla el pasado 8 de mayo (tiempo que se da para vencimiento de términos legales para objetar o facilitar lo inherente a esa petición), y llama la atención que siendo el mandatario abogado con amplia trayectoria en el desempeño de esta noble profesión, a él se le haya hecho fácil el omitir su deber práctico al no querer dar responsablemente respuesta a dicha petición; y por lo anterior nos vimos obligados desde la ONG San Silvestre Green a presentar acción de tutela, debido al parecer a que en medio de su deber ser -a la no contestación de parte del Alcalde- su intención no era más que la de negarnos la información a capricho; cuando él sabe que estamos hablando de la Defensa de Derechos que tiene respaldo y sustento Constitucional de estas mujeres, integrantes de la Asociación del Paseo del Rio.
Como consecuencia de esa acción negligente desde el distrito local, el Juez del juzgado Cuarto Civil Municipal de Barrancabermeja falló a favor de nuestro requerimiento exigiendo la entrega total de la información y respuesta de fondo a la petición en Derecho, en torno a la afectación a las mujeres que represento del paseo del rio; lo que en Derecho y a luz de la ley 1755 de 2015 ese acto evasivo y de negligencia de parte del burgomaestre constituye una falta disciplinaria.
Lo anterior, insistimos es un hecho que evidencia que hay justicia en este país, y que adicionalmente es un hecho también que el proyecto distrito malecón va a terminar extinguiendo el modelo de emprendimiento de las mujeres del paseo del rio, y ese –patrimonio cultural e inmaterial de la cocina tradicional del pescado– como legado de todos los Barranqueños hay que defenderlo y preservarlo en su esencia natural conforme lo fundamenta la constitución de 1991 y la Ley.
Además, es fundamental entender, que pareciera ser, esta mala intención de parte de la Administración Distrital respecto a lo que nuestra organización en derecho hace explícito en torno al tema acá comentado, se cimenta en las decisiones que por escrito le respondió el Distrtio, al Juez Cuarto civil Municipal, al afirmar falsamente que “en Barrancabermeja no existían actos administrativos que reconocieran bienes de interés cultural en la zona/área de construcción del malecón del rio -argumento este, falaz que contradice lo que real y legalmente sí existe-, como pueden ver:
Esta afirmación jurídica leguleya de parte del Distrito, es una clara acción reprochable de la administración, ya que incurre en una falsedad en documento público, por cuanto se anteponen que el Alcalde y el secretario de Planeación, “tienen conocimiento amplio que los bienes de interés cultural del área de influencia del proyecto Malecón, fueron reconocidos mediante el acto administrativo Acuerdo N°018 de 2002, en su artículo 69 y 70 del Plan de ordenamiento Territorial de Barrancabermeja” como son:
Ahora como complemento a lo antedicho en derecho, se suma lo siguiente, con gran preocupación como lo establece en sus contenidos lla ley general de Cultura, (ley 1185 de 2008 en su artículo 1 inciso 7) respecto a los bienes de interés cultural que al tenor establece dicha norma;
“…Se consideran como bienes de interés cultural de los ámbitos nacional, departamental, distrital, municipal, o de los territorios indígenas o de las comunidades negras de que trata la Ley 70 de 1993 y, en consecuencia, quedan sujetos al respectivo régimen de tales, los bienes materiales declarados como monumentos, áreas de conservación histórica, arqueológica o arquitectónica, conjuntos históricos, u otras denominaciones que, con anterioridad a la promulgación de esta ley, hayan sido objeto de tal declaratoria por las autoridades competentes, o hayan sido incorporados a los planes de ordenamiento territorial…” (Negrillas fuera de texto)
Lo preliminar, reconfirma por qué nos vimos obligados a presentar esta tutela ante el Juzgado Civil de Barrancabermeja, para obtener en derecho la información que durante tiempo atrás han negado y ocultado a la ciudad: información que no les conviene compartir ni difundir porque detrás de todo ese andamiaje de evasivas o negaciones, ellos saben que se han de revelar verdades ocultas que afectarían los negocios privados que enmarca el llamado “Proyecto Malecón Turístico del Rio” -ante el cual no hay ningún tipo de objeción de nuestra parte ni como organización, ni como ciudadanos locales- y su “MIRADOR DEL RIO”/ Mercado Gastronómico Mirador del Río -un mini centro comercial donde proyectan la construcción de 52 cocinas-, iniciativa urbanística -que por no haberse realizado de antemano, la concertación debida y planeada con criterios de Protección y Preservación Cultural Patrimonial- ha de terminar en el corto plazo con el patrimonio cultural inmaterial histórico del paseo del rio actual, y en el que se precisa por conocimiento de causa -caso de emprendedores de comida tradicional de Barranquilla y Montería- que el proyecto de emprendimiento de más de cuatro décadas de los restaurantes del paseo del Rio: serán extinguidos y su legado cultural e histórico por igual.
Así mismo existe un fundamento superior, respecto al fomento y la salvaguardia de las cocinas tradicionales de Colombia implícito en el marco general de la Carta Política de 1991, en la cual se eleva a nivel constitucional la salvaguardia del patrimonio cultural; y se establece como una obligación del Estado y de los particulares proteger las riquezas culturales y naturales de la nación: a la vez se reconoce como un fundamento de la nación el respeto y reconocimiento de su diversidad étnica y cultural, y se garantiza el derecho de los colombianos a acceder y disfrutar de su patrimonio cultural. Por otro lado, la Constitución, en su artículo 65, establece que la producción de alimentos gozará de la especial protección del Estado.
Siendo cierto lo anterior, la iniciativa del proyecto malecón del rio, de modernización, que el Alcalde local en conjunto con el conglomerado Char de Barranquilla y la clase política local interesada en este tipo de negocios jalonan a toda marcha, se evidencia como una acción caprichosa de parte del mandatario al pretender hacernos ver a los Barranqueños, que al hablar de modernización urbana del Municipio: lo irreversible e inevitable se haga visible para mal de todos los barranqueños en lo cultural e histórico como patrimonio y legado de la ciudad como es el paseo del rio (Patrimonio cultural inmaterial gastronómico amparado por la constitución nacional, leyes, decretos y por la Unesco) y con tal iniciativa distrital termine “extinguiéndolo”; puesto que toda expresión cultural debe ser preservada, no se puede alterar en su contexto real y natural: ya que “todo patrimonio cultural” es importante porque transmite distintos valores, mensajes (históricos, artísticos, estéticos, políticos, religiosos, sociales, espirituales, naturales, simbólicos, etc.) que contribuyen a darle valor a la vida de las personas; y el paseo del rio y sus 23 restaurantes han preservado esa condición única y natural, a como se logra experimentar al comer a la orilla del rio, y disfrutar de ese campo energizante que ofrece el muelle de Barrancabermeja al regocijarse consumiendo un local o foráneo -y económicamente- un manjar del rio único en Colombia, en nuestra ciudad.
Para finalizar, es muy importante que los Barranqueños, y la opinión pública en general, se hagan coparticipes y solidarios, de la defensa de derechos de las mujeres que representan el paseo del rio, y en pro de preservar por encima de cualquier proyecto de modernización, un legado cultural histórico gastronómico de la comida tradicional de los manjares del rio magdalena, para Barrancabermeja, Colombia y el Mundo.
Patrimonio cultural que seguirá en la defensa la Corporación San Silvestre Green.
La Corporación San Silvestre Green viene desarrollando importantes denuncias en materia ambiental y social. Por esta razón, invitamos a la comunidad a hacer parte de nuestras acciones. Si tiene conocimiento de acciones que deterioran nuestro medio ambiente, puede contactarnos a través de nuestras líneas de atención.